SEGURIDAD: EXIGIMOS A LA CNAT ADOPTE MEDIDAS URGENTES


Buenos Aires, 2 de noviembre de 2011.

A LA SRA. PRESIDENTA DE LA EXCMA. CÁMARA
NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
DRA. ESTELA MILAGROS FERREIROS
S. / D.

CLAUDIO SCIOLINI, en mi carácter de SECRETARIO GENERAL DE LA COMISIÓN INTERNA DEL FUERO DEL TRABAJO me dirijo a V.E., atento el acuerdo a efectuarse en el día de la fecha, en el que se analizará y tratará la inseguridad existente en el edificio sito en Perón 990 de esta Ciudad, a fin de señalar algunas de las irregularidades que subsisten en la actualidad, pese a la intimación realizada el 30 de septiembre de 2010 por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo que concedía un plazo de veinte días para sanear la situación por el riesgo extremo que implica para quienes allí se desempeñan y para el público en general.
Ejemplo de ello es que, al día de la fecha, los espacios comunes del edificio, los pasillos de las distintas dependencias y el subsuelo se encuentran nuevamente ocupados por expedientes y algunos muebles en desuso, cuando hace un año se dispuso -para prevenir posibles focos de incendio y posibilitar una rápida evacuación en caso de siniestro- que se trasladasen los legajos de archivo y se retiraran todos los muebles y/o elementos inútiles.
Asimismo y desconociendo la intimación efectuada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a raíz de una denuncia efectuada por la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (Expte. Nº 42825) aún se advierte que:
1) Faltan determinar las salidas de emergencia en dicho inmueble.
2) Las bocas de incendio y extintores se encuentran obstruidos por muebles, expedientes, cajas de resmas de papel, paquetes de archivo, etc.
3) Subsisten las estanterías de madera a pesar de que hace un mes aproximadamente se enviaron estanterías metálicas a los distintos juzgados.
4) Las alfombras existentes en la totalidad de las dependencias están en pésimas condiciones.
5) Las divisiones entre oficinas están realizadas con material no ignífugo.
6) Falta ventilación adecuada en oficinas, baños y cocinas.
7) Falta realizar la correspondiente prueba hidráulica a los elementos portátiles e instalaciones fijas contra incendio.
8) Faltan detectores de humo en todo el establecimiento.
9) Se encuentra pendiente la colocación de puertas corta fuego.
10) Falta establecer un protocolo de seguridad en caso de siniestros.
11) Faltan efectuar simulacros de evacuación (los que fueron recomendados por la Superintendencia Federal de Bomberos y Policía Federal en el año 2008).
En orden a lo señalado, es oportuno recordar que esta Comisión Interna ha efectuado múltiples y reiterados reclamos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Consejo de la Magistratura y ante la Cámara que V.E. preside, en relación a las deficientes condiciones de seguridad e higiene en que se hallan la totalidad de los edificios en que funciona la Justicia del Trabajo, a la vez que ha solicitado y presentado distintas propuestas para revertir tal situación.
En el caso concreto del edificio de Perón 990, esta Comisión Interna desde el año 2006 aboga ante las máximas autoridades del Poder Judicial por la adquisición o alquiler de un inmueble mas apto y seguro para el funcionamiento de los juzgados.
Si algo evidenció el corte de suministro eléctrico acaecido el pasado 29 de septiembre, es el peligro extremo en que se encuentran quienes a diario concurren a dicho inmueble (magistrados, funcionarios, agentes, abogados, auxiliares de justicia y público en general) así como también la falta de preparación/capacitación de magistrados, funcionarios y agentes para enfrentar situaciones de riesgo.
En efecto, a raíz de la falta de energía y habiéndose determinado evacuar el edificio, para efectivizar dicha tarea -ante la falta de luces de emergencia y al no contar los pisos 1º al 4º con aberturas que permitan la entrada de luz natural- se debió requerir ayuda al personal del cuerpo de bomberos que había concurrido para evacuar a una persona con discapacidad (en silla de ruedas) atrapada en el octavo piso por no funcionar los ascensores. Además, según nos informaron, la oscuridad en que se hallaba sumida gran parte del edificio provocó la caída por las escaleras de tres profesionales y evidenció la peligrosidad de dichas escaleras y lo estrechas e incomodas que resultan para evacuar un importante caudal de personas.
Resulta imperioso resaltar además la necesidad de establecer a la brevedad protocolos y programas de emergencia pues, a raíz de este hecho, se constataron ciertas órdenes contradictorias de algunos funcionarios que pretendían prohibir que los agentes se retirasen. Ello resulta por demás paradójico si consideramos que son los responsables del personal y que la Superintendencia Federal de Bomberos los capacitó sobre las tareas a realizar en caso de siniestro y como proceder para realizar una evacuación.
En este punto es bueno destacar que la capacitación referida se efectúo en el año 2008 cuando por dependencia ingresaba un promedio de 35 a 40 expedientes por mes y hoy enfrentamos un significativo aumento en el caudal de las causas que ingresan al fuero (70 a 75 expedientes mensuales), lo que implica mayor concentración de papel en un mismo espacio, aumento en la circulación de personas dentro del edificio y mayor concentración de personas en los distintos juzgados. Por ello, esta Comisión Interna entiende que resulta imprescindible contar con programas y protocolos de emergencia a la vez que se realicen los simulacros de evacuación dentro del horario judicial (7:30/13:30 hs.).
Por lo expuesto y a fin de salvaguardar la integridad psicofísica de todos los agentes que se desempeñan en el inmueble de Perón 990, solicitamos se arbitren las medidas urgentes y necesarias para cumplimentar la totalidad de los puntos señalados por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo en la intimación efectuada al Organismo que V.E. preside en fecha 30 de septiembre de 2010 (Actas de Intimación Nº 5158/1, 5185/2, 5182/1, 5182/2 y 5183/2) dentro del plazo de allí otorgado.
En caso de no poder cumplimentar dichas medidas, solicitamos a los señores jueces que, en virtud de las facultades propias de superintendencia de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, dispongan la inmediata clausura temporal del edificio ubicado en Perón 990, hasta tanto se acondicionen sus dependencias y/o se proceda a la compra y/o alquiler de un inmueble que cumpla con las medidas de higiene y seguridad en el trabajo dispuesta por la normativa vigente.
Sin otro particular, saludo a V.E. muy atentamente.

CLAUDIO SCIOLINI
SECRETARIO GENERAL
COMISION INTERNA DEL FUERO DEL TRABAJO
U.E.J.N.
Tags: ,

About author

Curabitur at est vel odio aliquam fermentum in vel tortor. Aliquam eget laoreet metus. Quisque auctor dolor fermentum nisi imperdiet vel placerat purus convallis.